Protocolo Sanitario de actuación ante el maltrato infantil (2021)
Este protocolo tiene una orientación eminentemente práctica, y pretende facilitar a los profesionales la identificación de casos, su valoración, la notificación ante un caso o la sospecha del mismo, y establecer los procedimientos de actuación y coordinación tanto en el ámbito de los servicios sociales como en el sanitario. Esperamos que sea de utilidad para los profesionales y mejore la actuación ante estas situaciones de violencia contribuyendo a mejorar el des- arrollo integral de los niños y niñas de Castilla y Leon.
Se han incluido aspectos actualizados por el DECRETO 1/2021, de 14 de enero, por el que SE MODIFICA EL DECRETO 131/2003, de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o de desamparo y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarla a cabo.
Además se ha tratado de clarificar las actuaciones a llevar a cabo en la atención y notificación ante un caso en nuestros servicios sanitarios.
Os recordamos lo más importante de las actuaciones ante un caso:
MALTRATO GRAVE O DESAMPARO
Como se ha venido haciendo hasta ahora, mientras exista sospecha o evidencias de maltrato grave, NO PROCEDERÁEL ALTA HOSPITALARIA hasta que se reciba resolución de la autoridad judicial correspondiente o del Ministerio Fiscal, o por los servicios sociales competentes que hayan evaluado el caso.
-El abandono del centro hospitalario antes de producirse el alta hospitalaria será comunicado de forma inmediata al Ministerio Fiscal, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a Entidad Pública Protección (servicios sociales) de Castilla y León.
-En el ámbito extrahospitalario, si se precisa ingreso médico o por asegurar la protección del menor, a la espera de decisión por parte de la autoridad judicial o de los servicios sociales, serán derivados al hospital previo contacto telefónico, sin perjuicio de realizar las comunicaciones pertinentes al juzgado y a los servicios sociales territoriales.
MALTRATO LEVE O MODERADO
Ante la sospecha o confirmación de Maltrato Leve o Moderado es necesario además de la atención sanitaria correspondiente:
nte sospecha y dudas en algún caso, se puede consultar con la FISCALÍA de MENORES.
Más información:
Nuevo Decreto 1/2021:
Protocolo Sanitario de Actuación ante la sospecha de maltrato intrafamiliar en la infancia y adolescencia y Modelos de Parte de lesiones y Notificación a Servicios Sociales:
Servicio de Cartera de Servicios y Funcionamiento de Centros de AP
Dirección General de Planificación y Asistencia Sanitaria
Gerencia Regional de Salud SACYL